Qué es la renovación y cuándo te toca
La Ley Federal del Trabajo pide renovar el registro REPSE cada tres años, y la STPS lo trata como un procedimiento propio que se hace en la misma plataforma del registro, repse.stps.gob.mx. Los tres años se cuentan desde la fecha en que quedaste inscrito en el padrón, aunque en ese tiempo hayas actualizado o modificado tu registro: una actualización no sustituye la renovación.
Cuánto dura el registro y qué pasa si vence lo explicamos en la guía de vigencia del REPSE. Esta guía se ocupa del trámite: qué hacer, en qué orden y qué revisa la autoridad.
Cuándo se abre el módulo de renovación
No puedes renovar cuando quieras. La plataforma habilita un módulo llamado «Renovación de Registro» solo durante los tres meses anteriores al mes en que tu registro cumple tres años, según el calendario que la STPS publicó en el Diario Oficial el 21 de febrero de 2024. Antes de esa ventana el módulo no está disponible, y al terminar la plataforma lo deshabilita sola.
Si la ventana se cierra sin que hayas presentado la solicitud, la STPS cancela el registro. Para volver a operar tendrías que tramitar un registro nuevo, y sus tres años se contarían desde la nueva inscripción.
Estas son las ventanas de quienes obtuvieron su registro en 2023, que renuevan entre octubre de 2025 y noviembre de 2026. Los registros otorgados de 2024 en adelante usan los mismos meses:
| Registro otorgado en | Módulo de renovación abierto |
|---|---|
| Enero de 2023 | De octubre a diciembre de 2025 |
| Febrero de 2023 | De noviembre de 2025 a enero de 2026 |
| Marzo de 2023 | De diciembre de 2025 a febrero de 2026 |
| Abril de 2023 | De enero a marzo de 2026 |
| Mayo de 2023 | De febrero a abril de 2026 |
| Junio de 2023 | De marzo a mayo de 2026 |
| Julio de 2023 | De abril a junio de 2026 |
| Agosto de 2023 | De mayo a julio de 2026 |
| Septiembre de 2023 | De junio a agosto de 2026 |
| Octubre de 2023 | De julio a septiembre de 2026 |
| Noviembre de 2023 | De agosto a octubre de 2026 |
| Diciembre de 2023 | De septiembre a noviembre de 2026 |
Antes de entrar: tus opiniones de cumplimiento y tus actividades
Hay dos revisiones que conviene hacer antes de abrir el módulo, porque ninguna de las dos se arregla dentro de él.
La primera son tus opiniones de cumplimiento. Para renovar debes estar al corriente con el SAT, el IMSS y el INFONAVIT a la fecha de la solicitud, y la plataforma lo consulta en tiempo real con cada autoridad. La STPS no conoce ni puede modificar ese resultado: si sale negativo, tienes que aclararlo con la institución que lo emite, y eso toma tiempo. Revisa tus tres opiniones al inicio de tu ventana, no el último día.
La segunda son tus actividades. Cada actividad que renueves debe estar dentro de tu objeto social, o de tu constancia de situación fiscal si eres persona física. Si tu objeto social cambió o quieres agregar actividades, resuélvelo antes de llegar a la plataforma.
El trámite en la plataforma, paso a paso
La solicitud de renovación pide la misma información que el registro original, y se hace de principio a fin en repse.stps.gob.mx:
Cómo se presenta la renovación
- Entra con la e.firma del titularLa plataforma solo da acceso con e.firma vigente, y debe ser la del propio titular del registro: la de la empresa, si eres persona moral.
- Abre «Renovación de Registro»El módulo aparece solo dentro de tu ventana. Verifica los datos generales que trae la e.firma y actualiza los de contacto: la STPS te notificará exclusivamente por medios electrónicos.
- Valida tus opiniones de cumplimientoLa plataforma las consulta sola con el SAT, el IMSS y el INFONAVIT. Si la consulta automática no está disponible, cargas tú las tres: deben ser positivas y vigentes al momento de la solicitud, y un documento equivocado termina en negativa.
- Captura tus actividades una por unaCada una debe coincidir con tu objeto social o tu constancia de situación fiscal, y por cada una la plataforma te pide un cuestionario y la información que sustenta su carácter especializado, bajo protesta de decir verdad.
- Completa registros patronales, domicilio y documentosCaptura tus registros patronales ante el IMSS y tu domicilio, y carga los documentos que te correspondan según tu número de trabajadores (los vemos abajo), en PDF y de hasta 2 MB cada uno.
- Revisa todo antes de enviarUna vez enviada, la solicitud ya no admite cambios: si tiene errores, recibirás una negativa y tendrás que reiniciar. Al enviarla, la plataforma te asigna un folio de ingreso, con el que das seguimiento a la renovación.
- Recibe el aviso de renovaciónSi todo está en orden, la STPS emite el aviso de renovación con tu número de registro y un folio por cada actividad especializada. Después, el Acuerdo te pide informar la renovación a tus clientes.
Qué documentos pide desde junio de 2026
El 9 de junio de 2026 la STPS publicó en el Diario Oficial un acuerdo de simplificación que fusionó la inscripción, la renovación y la cancelación del REPSE en un solo trámite (homoclave STPS-086-002) y redujo los documentos según el tamaño de tu plantilla.
El comprobante de domicilio ya no se pide en ningún caso, y el acuerdo establece que la STPS no te pedirá documentos que ella misma emitió, copias simples ni requisitos adicionales a los que fija. La dependencia tiene hasta un año, desde la publicación, para ajustar sus sistemas.
Lo que cargas depende de cuántas personas trabajadoras tengas:
| Si tienes | Además del formulario en línea, cargas |
|---|---|
| Hasta diez personas trabajadoras | Tu constancia de inscripción en el RFC, si eres persona física, o el acta constitutiva con el objeto social vigente, si eres persona moral. |
| Más de diez personas trabajadoras | Identificación oficial vigente (tuya o de tu representante legal), poder notarial, comprobante de nómina, registros patronales ante el IMSS, cédula de determinación de cuotas del SUA, y la constancia del RFC (persona física) o el acta constitutiva con el objeto social vigente (persona moral). |
Cómo se revisa y cuánto tarda
El mismo acuerdo de junio de 2026 acortó el plazo máximo de respuesta de la STPS: 5 días hábiles si tienes hasta diez personas trabajadoras y 15 si tienes más; antes eran 20. Con tu folio puedes consultar en la plataforma la fecha de ingreso, la etapa en que va tu solicitud y la fecha en que debes recibir respuesta.
Durante la revisión, la STPS puede pedir información o documentación adicional para corroborar lo que presentaste, a ti, a otras autoridades o incluso a las empresas que reciben tus servicios. No atender un requerimiento es causa para negar la renovación.
Si la STPS no se pronuncia, el Acuerdo te permite requerirle que emita el aviso de renovación; si no lo emite dentro de los tres días hábiles siguientes, la renovación se tiene por efectuada.
5 o 15 días hábiles
El plazo máximo de respuesta de la STPS desde junio de 2026: 5 con hasta diez personas trabajadoras y 15 con más. Antes eran 20.
Por qué se niega una renovación
La STPS puede negar una renovación por las mismas causas que un registro nuevo, y la mayoría depende de cosas que puedes revisar antes de enviar la solicitud:
- No estar al corriente con el SAT, el IMSS o el INFONAVIT a la fecha de la solicitud.
- Datos capturados en la plataforma que no coinciden con los documentos que cargaste, o que son imprecisos: por ejemplo, un nombre, un RFC o un domicilio que no es igual en la solicitud y en tus documentos.
- Documentos ilegibles o que no están en el formato que pide la plataforma, o información falsa.
- Actividades que no están dentro de tu objeto social o de tu constancia de situación fiscal, o cualquier otro requisito del Acuerdo sin cumplir.
- No responder a un requerimiento de información o documentación de la STPS.
- Incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación, como trabajadores no inscritos en el IMSS o irregularidades en el salario o en el contrato del servicio especializado.
Qué revisar si eres la empresa que contrata
La renovación la tramita el proveedor, pero sus efectos llegan a tu contrato y a tu expediente. Cuatro revisiones lo cubren:
- Pide el aviso de renovación. El Acuerdo obliga al proveedor a informar a sus clientes cuando renueva, así que no es un favor que tengas que negociar.
- Compara el número de registro y los folios de actividad del aviso con los de tu contrato, que debe hacer constar el registro y el folio vigentes de la actividad contratada. Si cambiaron, actualízalo.
- Busca al proveedor en el padrón público por su RFC y confirma la nueva fecha de vigencia y que las actividades renovadas sigan cubriendo exactamente el servicio que le contratas.
- Si la ventana de tu proveedor ya se abrió y aún no hay aviso, pídele el folio de ingreso de su solicitud. Y guarda con su fecha cada uno de estos documentos en el expediente del proveedor.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se renueva el REPSE?
- En la plataforma repse.stps.gob.mx, con la e.firma del titular, dentro del módulo «Renovación de Registro». Ese módulo solo se habilita durante los tres meses anteriores al mes en que el registro cumple tres años. La solicitud pide la misma información que el registro: opiniones de cumplimiento positivas, actividades amparadas por tu objeto social, registros patronales, domicilio y los documentos que correspondan a tu número de trabajadores.
- ¿Qué documentos pide la renovación del REPSE en 2026?
- Desde el acuerdo de simplificación publicado el 9 de junio de 2026, depende de tu plantilla. Con hasta diez personas trabajadoras, además del formulario en línea, solo la constancia de inscripción en el RFC (persona física) o el acta constitutiva con el objeto social vigente (persona moral). Con más de diez, además: identificación oficial, poder notarial, comprobante de nómina, registros patronales, cédula de determinación de cuotas del SUA y la constancia del RFC o el acta constitutiva. El comprobante de domicilio ya no se pide.
- ¿Cuánto tarda la STPS en resolver la renovación?
- Desde junio de 2026, el plazo máximo es de 5 días hábiles si tienes hasta diez personas trabajadoras y de 15 si tienes más; antes eran 20. Si la STPS no se pronuncia, puedes requerirle que emita el aviso, y si no lo hace dentro de los tres días hábiles siguientes, la renovación se tiene por efectuada.
- Si actualicé mi registro, ¿también tengo que renovarlo?
- Sí. Una actualización o modificación no sustituye la renovación: los tres años se cuentan desde la fecha en que quedaste inscrito en el padrón, sin importar los cambios que hayas hecho en ese tiempo.
- ¿Por qué la plataforma muestra negativa una opinión de cumplimiento que es positiva?
- Según la propia STPS, ocurre cuando la información todavía no se actualiza en las bases de datos que comparten el SAT, el IMSS o el INFONAVIT. La STPS no conoce ni puede modificar ese resultado, así que hay que aclararlo con la autoridad que emite la opinión. Por eso conviene revisar las tres al inicio de la ventana, no al final.
- ¿Qué pasa si no renuevo dentro de la ventana?
- La plataforma deshabilita el módulo al terminar la ventana y la STPS cancela el registro. Para volver a prestar servicios especializados tendrías que tramitar un registro nuevo, cuyos tres años se cuentan desde la nueva inscripción. Lo que eso implica para ti y para tus clientes lo explicamos en la guía de vigencia del REPSE.
Fuentes oficiales
Los plazos, las cifras y las obligaciones de esta guía se apoyan en estas fuentes. Consulta la versión vigente para tu caso: esta guía es informativa y no constituye asesoría legal.
- Ley Federal del Trabajo, artículo 15: renovación del registro cada tres años y plazo de la STPS para resolver (Cámara de Diputados)
- Acuerdo de la STPS con las disposiciones para el registro REPSE, 24 de mayo de 2021, artículos octavo a décimo sexto: requisitos, folio, revisión, negativa, cancelación y renovación (Diario Oficial de la Federación)
- Acuerdo que modifica las disposiciones del registro REPSE, 3 de febrero de 2023: requerimientos de información y nuevas causas para negar el registro (Diario Oficial de la Federación)
- Acuerdo que modifica las disposiciones del registro REPSE, 21 de febrero de 2024: módulo «Renovación de Registro», calendario de renovación y aviso a los clientes (Diario Oficial de la Federación)
- Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites ante la STPS, 9 de junio de 2026: documentos y plazos de respuesta del REPSE (Diario Oficial de la Federación)
- Plataforma del REPSE: guía del trámite y preguntas frecuentes sobre la renovación (Secretaría del Trabajo y Previsión Social)